Uno por uno, cuáles son los cambios impositivos propuestos en el Presupuesto 2019 y el paquete económico que ya ingresó al Senado

César Hallladjian detalló las modificaciones impositivas propuestas en el Presupuesto 2019 y el paquete económico que ya ingresó al Senado. Los principales parámetros y lineamientos que contiene la Ley de Leyes.

En diálogo con iProfesional, César Hallladjian, consultor tributario, detalló las modificaciones impositivas propuestas en el Presupuesto 2019 y el paquete económico que ya ingresó al Senado y cuenta con media sanción de Diputados.

Bienes Personales

– Se prevé un esquema de alícuotas progresivas (0,25% a 0,75%). Por encima de los $18.000.000 de bienes gravados, la alíuota será del 0,75%, con independencia de si los bienes están en el país o el exterior y si el contribuyente entró o no en el sinceramiento fiscal.

– Se exime de Bienes Personales a los inmuebles rurales, con independencia del destino que se les den (inexplotados – arrendamiento – afectados a explotación o contratos asociativos).

Recordemos que a partir de 2019 los inmuebles rurales pertenecientes a personas humanas tampoco tributarán Ganancia Mínima Presunta, por aplicación del artículo 76 de la ley 27.260 de sinceramiento fiscal.

– Cambia la forma de valuación de los inmuebles locales, poniendo un tope a la valuación fiscal, que no podrá superar la valuación fiscal del 2017 más la inflación posterior.

“Esta norma tiene su razón de ser en el fuerte revalúo inmobiliario que tuvo lugar en Provincia de Buenos Aires en 2018. Esta norma tiene aplicación para la liquidación 2018”, advierte Halladjian.

– El nuevo mínimo no imponible será de $2.000.000

– Los cambios tienen aplicación a partir de 2019, salvo el comentado tope a la valuación fiscal que se aplicará en 2018.

Impuesto a las Ganancias – Ajuste por inflación

En este caso, no hay mayores novedades respecto al proyecto remitido por el Poder Ejecutivo y el dictamen de comisión:

– Se habilita el ajuste por inflación contable,

– Se modifican las cláusulas para aplicar el ajuste por inflación impositivo. En 2018 se aplicará si la inflación minorista supera el 55%.

– El ajuste específico por alta de bienes de uso y otros activos adquiridos para los ejercicios iniciados desde el 1 de enero de 2018 se mantiene pero se aplicará el índice de inflación minorista, que este año es menor al mayorista.

Cambios específicos contenidos en el Presupuesto 2019

Entre otros cambios, destacamos:

– Se imponen derechos de exportación a las exportación de servicios. La base imponible será el monto de la factura, con lo cual no se prevé descontar el withholding tax que sufre el exportador de servicios.

– El tope para la devolución del crédito fiscal IVA acumulado como saldo a favor por inversiones será de $15.000 millones durante 2019.

– Se prorroga hasta septiembre 2019 el reemplazo de montos fijos por Unidades de Valor Tributario (UVT).

– Para determinadas actividades de medios, se permite el pago a cuenta en el IVA de las contribuciones de seguridad social.

– Se introducen modificaciones diversas en impuestos internos.

– Se exime en el IVA a las empresas constructoras de viviendas sociales.

En el Presupuesto 2019 se plantean los siguientes parámetros y lineamientos centrales:

“Déficit cero”: el objetivo es pasar de un desequilibrio primario del 2,6% del PBI en 2018 al “déficit cero” en 2019. La meta sólo contempla el déficit primario, sin tener en cuenta el pago de intereses de deuda, que se incrementan cerca del 50%.

Recesión: el proyecto anticipa un escenario de caída de 0,5% en la actividad económica en 2019 y una baja del 2,4% para el presente año.

Dólar: 40,10 pesos promedio para 2019; 44,30 en 2020; 48,20 en 2021; y 50,5 en 2022.

Inflación: será del 23% al final del período 2019, y un promedio de incremento de precios del 34,8 %. En 2018, se calcula un estimado de 42%.

Consumo: se prevé una caída del 1,6% en el consumo privado y una baja del 9,7% en la inversión.

Deuda pública: a fin de año representará el 87% del PBI, con un stock de 315.698 millones de dólares.

Financiamiento: las necesidades llegarán para 2019 llegarán a 38.900 millones de dólares: 2.500 millones nueva deuda, 20.100 millones se refinanciarán; 11.700 millones del acuerdo con el FMI y otros 4.600 millones de organismos internacionales.

Impuestos: la recaudación de impuestos nacionales y de contribuciones de la seguridad social crecerá 38,9%, al superar los 4.829 billones de pesos.

Gasto total previsto: $4.172.312.239.441 entre gastos corrientes y de capital. Supone un aumento nominal del 27,4% con relación a 2018. En términos reales (tomando en cuenta la inflación proyectada), el gasto primario se habrá contraído un 13%, con una caída del 11% de los gastos corrientes y de 42% de los gastos de capital.

Gasto primario: crecerá nominalmente un ritmo del 24% en 2019, y los recursos sociales se expandirán un 32%.

En términos reales, la reducción del gasto será del 6% en servicios sociales; del 23% en educación y cultura; del 48% en vivienda y urbanismo; del 20% en promoción y asistencia social; del 8% en salud; del 17% en ciencia y técnica; y del 20% en agua potable y alcantarillado.

Se proyecta para 2019 una corrección en más de un 50% el déficit de cuenta corriente medido en dólares, alcanzando los 9.900 millones de dólares para todo el año, equivalente al 2,2% del PBI.

Retenciones: Se descarta la intención de subir la tasa al 33%, y se mantiene en 30% el tope de derechos de exportación a la soja; se mantiene el 12% para el resto de los productos. El plazo se mantiene hasta el 31 de diciembre del 2020.

Incorporación de un “fondo compensador” a municipios por la quita de subsidios al transporte urbano de pasajeros: 6.500 millones de pesos adicionales para amortiguar parcialmente el traspaso de la política de subsidios a las jurisdicciones locales, tras la quita de recursos por 43.000 millones de pesos.

En el caso de la reforma de los bienes personales, las modificaciones se basan en:

Piso no imponible: Pasa de 1.050.000 pesos -correspondiente al 2018- a 2.000.000 en 2019.

Inmuebles rurales: continuarán exentos del pago de Bienes Personales.

Alícuotas: se establece un criterio progresivo de acuerdo al valor patrimonial declarado. Entre 2.000.000 y 5.000.000: 0,25% de alícuota. Entre 5.000.000 y 20.000.000: 0,50%. Más de 20.000.000: 0,75%.

Fuente: iProfesional/Perfil.com


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