Tras la suba automática del mínimo no Imponible de enero, pagan Ganancias en la Argentina alrededor de 2.000.000, casi el 25.6% de trabajadores en actividad.
Deducciones Personales Ganancias 2021
Deducciones del Artículo 30 de la Ley del Impuesto a las ganancias para el período 2021
Para las actualizaciones de los valores fue utilizado el índice RIPTE a octubre del 2020, con valor de 1,353760856 (35,37%)
Además, los valores fueron redondeados para que los mismos no superen los dos decimales.
CONCEPTO DEDUCIBLE | IMPORTE DE LA DEDUCCIÓN $ |
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Ganancias no imponibles [Artículo 30, inciso a)]: | 167.678,40 |
Cargas de familia [Artículo 30, inciso b)] | |
1. Cónyuge: | 156.320,63 |
2. Hijo: | 78.833,08 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 1] | 335.356,79 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 1 “nuevos profesionales/emprendedores”] | 419.196,02 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 2] | 804.856,34 |
Zona Patagónica
EMPLEADOS EN RELACIÓN DE DEPENDENCIA QUE TRABAJEN Y JUBILADOS QUE VIVAN EN LAS PROVINCIAS Y, EN SU CASO, PARTIDO A QUE HACEN MENCIÓN EL ARTÍCULO 1° DE LA LEY N° 23.272 Y SUS MODIFICACIONES.
Los valores fueron redondeados para que los mismos no superen los dos decimales.
CONCEPTO DEDUCIBLE | IMPORTE DE LA DEDUCCIÓN $ |
---|---|
Ganancias no imponibles [Artículo 30, inciso a)]: | 204.567,66 |
Cargas de familia [Artículo 30, inciso b)] | |
1. Cónyuge: | 190.711,18 |
2. Hijo: | 96.176,36 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 1] | 409.135,30 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 1 “nuevos profesionales/emprendedores”] | 511.419,13 |
Deducción Especial [Artículo 30, inciso c), Apartado 2] | 981.924,74 |
Proyecto para que dejen de pagar Ganancias
Si se sanciona el nuevo esquema propuesto por el oficialismo, ese porcentaje bajaría hasta el 10%, nivel histórico de contribuyentes incluidos en este gravamen hasta 2009.
Entre trabajadores en relación de dependencia, jubilados y jubiladas, el proyecto estipula que unas 1.267.000 personas dejarían de abonar el gravamen y otras 102.741 personas con remuneraciones brutas de entre 150 mil y 173 mil pesos pagarán menos que en la actualidad para evitar “saltos” bruscos en la escala del impuesto.
Además, estima en 10 mil millones de pesos “el esfuerzo fiscal en el año que se va a destinar al bolsillo del trabajador y trabajadoras, jubilado y jubilada”. La recuperación directa por mayor consumo se estima en menos de 3 mil millones. El costo fiscal neto será repartido en un 60 % por las Provincias y un 40% por el Estado nacional.
“El presente proyecto tiene como objetivo aliviar el peso fiscal de los trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas en el marco de una política permanente de este Gobierno de instrumentar medidas contracíclicas que resulten conducentes al fortalecimiento del poder adquisitivo de los y las contribuyentes del impuesto y de sus familias y, con ello, la consolidación de la demanda y del mercado interno nacional”, plantea en sus fundamentos el texto del proyecto.
“De manera complementaria, 102.741 trabajadores y trabajadoras, jubilados y jubiladas con remuneraciones de entre PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($ 150.000) y PESOS CIENTO SETENTA Y TRES MIL ($ 173.000) gozarán de un incremento adicional de sus deducciones para evitar saltos bruscos en la escala del impuesto. Adicionalmente, este promedio razonable de empleados y empleadas, jubilados y jubiladas que quedaría pagando el impuesto respeta el concepto de progresividad”, se especificó.
El proyecto prevé retroactividad a enero y devolución de los montos en abril y eximir del pago en las categorías al medio aguinaldo.
Fuentes: Infobae, BAE negocios, Ignacio On line y Telam